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Certificado de deuda de la comunidad: genera el tuyo con desglose

El certificado de deuda es el documento con el que la comunidad acredita lo que debe un propietario: quién lo debe, cuánto y por qué conceptos. Es lo que hay que acompañar a la demanda para reclamar por el proceso monitorio, y también lo que pide el notario cuando se vende un piso.

Aquí puedes montarlo rellenando un formulario. Se genera en tu navegador y se abre en una pestaña nueva para guardarlo en PDF o imprimirlo: ni los nombres ni los importes salen de tu ordenador.

La comunidad
La finca y su propietario

Si son varios titulares, sepáralos con « y ». Van al certificado tal como los escribas.

Conceptos que se adeudan
Al corriente de pago0,00 €
Para qué se expide
Quién lo firma

Si dejas el presidente en blanco, el certificado sale con una sola firma. Añádelo cuando haga falta el visto bueno.

Se abre en otra pestaña, con el botón de guardar como PDF.

Se expide reclamar la deuda (monitorio). Nada de lo que escribes se envía a ningún servidor: el documento se monta aquí mismo.

Qué debe incluir para el proceso monitorio (artículo 21 LPH)

El artículo 21.3 de la Ley de Propiedad Horizontal dice exactamente qué hay que aportar para iniciar el monitorio. Son dos documentos, no uno:

El certificado del acuerdo de liquidación de la deuda

Emitido por quien haga las funciones de secretario, con el visto bueno del presidente. En él tiene que constar el importe adeudado y su desglose: no vale una cifra suelta.

El documento que acredite la notificación al deudor

Se aporta junto a la petición inicial. Sin acreditar la notificación, el certificado por sí solo no basta.

La firma del presidente no siempre hace falta

Desde la reforma de la Ley 10/2022, si el secretario es un secretario-administrador con cualificación profesional reconocida y no va a intervenir profesionalmente en la reclamación judicial, el certificado no necesita la firma del presidente.

Se pueden incluir las cuotas que sigan venciendo

La petición inicial admite las cuotas ya aprobadas que se devenguen hasta la notificación de la deuda, así que la cifra no se queda congelada el día de la junta.

Y los gastos de reclamarla

También caben todos los gastos y costes que conlleve la reclamación, incluidos los de la intervención del secretario administrador, que son a cargo del deudor.

Los intereses corren desde el impago

Los créditos a favor de la comunidad devengan intereses desde el momento en que debió hacerse el pago. La junta puede además acordar medidas disuasorias, como un interés superior al legal, siempre que no sean abusivas ni desproporcionadas y sin efecto retroactivo.

Lo que cambió en 2022

El artículo 21 se reescribió con la Ley 10/2022. Muchos modelos que circulan por internet son anteriores: exigen siempre la firma del presidente y dejan fuera los gastos de la reclamación. Los dos puntos de arriba son el texto vigente.

La notificación al deudor

La notificación va al domicilio en España que el propietario haya comunicado al secretario para las citaciones de la comunidad. Si no ha comunicado ninguno, vale el propio piso o local, y surte efectos lo entregado a quien lo ocupe.

Si ahí tampoco se consigue, se coloca la comunicación en el tablón de anuncios de la comunidad o en un lugar visible habilitado al efecto, con una diligencia que exprese la fecha y los motivos, firmada por el secretario con el visto bueno del presidente. Esa notificación produce plenos efectos a los tres días naturales.

Para el monitorio, el artículo 21.3 admite esa vía subsidiaria del tablón durante un plazo de al menos tres días. Guarda el acuse de recibo, el burofax o la diligencia del tablón: es el segundo documento que pide el juzgado.

Certificado de estar al corriente para vender el piso

Quien vende un piso tiene que declarar en la escritura que está al corriente de los gastos generales o decir lo que debe, y aportar en ese momento una certificación sobre el estado de deudas que coincida con su declaración. Sin ella el notario no puede autorizar la escritura, salvo que el comprador le exonere expresamente.

La comunidad tiene siete días naturales desde que se la piden para emitirla. Quien la firma —secretario y presidente— responde, si hay culpa o negligencia, de que los datos sean exactos y de los perjuicios que cause el retraso.

Importa acertar con la cifra porque el piso queda afecto: el comprador responde con el propio inmueble de lo que debiera el anterior titular por gastos generales de la parte vencida de la anualidad en curso y de los tres años naturales anteriores.

Cuando no hay nada pendiente, este generador cambia el título a «certificado de estar al corriente de pago», que es lo que se pide en la mayoría de las compraventas.

Sácalo de las deudas que ya llevas en Comunix

Lo que cuesta de un certificado no es el documento: es reunir el desglose. Cuántos meses lleva sin pagar, con qué cuota cada uno, qué derramas le tocaban y qué pagos parciales hizo.

  1. Importa los extractos del banco en Norma 43: Comunix reconoce a cada vecino por el ordenante de la transferencia y coloca el pago en su mes.
  2. En Deudas tienes, piso a piso, lo devengado, lo pagado y lo que falta, con las cuotas de cada mes aunque hayan cambiado a mitad de ejercicio y con las derramas aparte.
  3. Ese desglose es justo lo que el artículo 21.3 exige que conste en el certificado, así que copiarlo aquí es rellenar dos casillas por concepto.
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Preguntas frecuentes

¿Quién firma el certificado de deuda de una comunidad?
Quien haga las funciones de secretario, con el visto bueno del presidente. Desde la Ley 10/2022 hay una excepción: si el secretario es un secretario-administrador con cualificación profesional reconocida y no va a intervenir profesionalmente en la reclamación judicial, no hace falta la firma del presidente.
¿Tiene que aprobar la junta la liquidación de la deuda?
Lo que se acompaña a la demanda es el certificado del acuerdo de liquidación de la deuda, así que lo habitual es llevar la liquidación de cada moroso a la junta, dejarla en el acta y certificar después ese acuerdo. Conviene que el orden del día lo diga expresamente.
¿Qué pasa si el propietario no recoge la notificación?
Se intenta en el domicilio que haya comunicado al secretario; si no comunicó ninguno, en el propio piso. Si ahí tampoco es posible, se publica en el tablón de anuncios con una diligencia firmada por el secretario con el visto bueno del presidente, y surte plenos efectos a los tres días naturales.
¿Se pueden incluir los intereses, los gastos de burofax y los honorarios?
Sí. Los créditos de la comunidad devengan intereses desde que debió pagarse, y en la petición inicial del monitorio caben los gastos y costes de reclamar la deuda, incluidos los de la intervención del secretario administrador, a cargo del deudor. Si se usan abogado y procurador, el deudor paga sus honorarios con los límites del artículo 394.3 de la LEC.
¿Cuánto tarda la comunidad en dar el certificado para vender un piso?
Siete días naturales desde que se solicita. Quien lo firma responde, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos y de los perjuicios causados por el retraso.
¿Se puede vender un piso sin el certificado de la comunidad?
Solo si el comprador exonera expresamente al vendedor de aportarlo. Sin esa exoneración, el notario no puede autorizar la escritura sin la certificación.
¿Qué deuda del anterior propietario arrastra quien compra?
El piso queda afecto a los gastos generales imputables a la parte vencida de la anualidad en la que se compra y a los tres años naturales anteriores. De ahí que el comprador quiera ver el certificado antes de firmar.
¿Qué es un certificado de deuda cero?
Es como se llama coloquialmente al certificado de estar al corriente de pago: mismo documento, sin cantidades pendientes. Si no rellenas ningún concepto, este generador lo emite con ese título.
¿El documento se sube a algún servidor?
No. La plantilla se rellena con JavaScript en tu navegador y el documento se abre en una pestaña local. Puedes comprobarlo desconectando internet después de cargar la página: sigue funcionando.
¿Vale este modelo para presentarlo en el juzgado?
Es un modelo, no un dictamen. Recoge lo que exige el artículo 21.3 de la LPH —importe, desglose y firmas— pero cada reclamación tiene sus circunstancias y la notificación se acredita aparte. Revísalo con quien lleve el asunto antes de presentarlo.

Fuentes

Herramienta informativa revisada en septiembre de 2026 con el texto consolidado de la Ley de Propiedad Horizontal. No sustituye el asesoramiento de un abogado ni de un administrador colegiado: el certificado lo firma quien responde de su exactitud.

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